martes, 13 de noviembre de 2012

Urbanismo de Almería rechaza bajar la edad de los edificios obligados a pasar la inspección.


La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Almería ha rechazado las pretensiones de los colegios oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales, de Aparejadores y Arquitectos Técnicos, y de Arquitectos de rebajar de forma considerable la edad de los edificios que el próximo año tendrán que someterse a las inspecciones (ITE), para acreditar que gozan de buen estado de salud. Han llegado a solicitar que esta obligación sea establecida para inmuebles con una antigüedad superior a los 30 años en lugar de los 50 que contempla la nueva ordenanza municipal. 

Está claro que para estos colectivos la ITE es una nueva oportunidad de trabajo y los respectivos colegios no han dudado en presentar alegaciones al texto normativo elaborado por el Consistorio. El número de edificios obligados a pasar estas revisiones se amplía de forma considerable por cada año que baje la edad límite. Existen en Almería 9.350 inmuebles con una antigüedad superior a los 50 años, cifra que se hubiera multiplicado de forma más que considerable si el Ayuntamiento hubiera atendido la alegación presentada por el Colegio de Ingenieros Técnicos para rebajar la edad hasta los 30 o la de los aparejadores y arquitectos técnicos, 35. La misma petición la ha planteado en su alegación el Colegio de Arquitectos, aunque sin especificar en este caso la edad límite. 

La respuesta de Urbanismo ha sido la misma, recordando que la norma estatal establece una antigüedad mínima de 50 años, mientras que la autonómica no regula la forma, plazos y condiciones de la ITE, delegando su concreción a las administraciones locales y la de Almería ha considerado conveniente no obligar a las comunidades de propietarios costear la ITE para edificaciones de menos de 50 años. Hubiera afectado a miles de familias. 

Urbanismo también ha desestimado las peticiones presentadas tanto por el Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos como el de Arquitectos para que sean estos profesionales "los únicos técnicos competentes", lo que dejaría fuera a los industriales. El Ayuntamiento se acoge a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, en la que se afirma "taxativamente que no existe monopolio competencial a favor de una determinada profesión." 

Los Colegios de Aparejadores y Arquitectos Técnicos, y Arquitectos, le proponen al Ayuntamiento en otro punto de sus alegaciones la obligación de contar con un visado colegial o registro de entrada del trabajo en el Colegio profesional correspondiente al objeto, justifican, de garantizar ante el ciudadano que el técnico se encuentra legalmente habilitado. Esta alegación no ha sido estimada al suponer "la exigencia de una carga no prevista legalmente". 

El Colegio Oficial de Arquitectos solicitó por otro lado la eliminación de las referencias a catas o ensayos, afirmando que "la ITE se basa en una inspección visual en la que no se realizan", consideración con la que no están de acuerdo los técnicos de Urbanismo. Rechazan de igual modo incluir un mínimo de porcentaje a inspeccionar. Un 40% es la propuesta de los arquitectos y esta la contestación municipal: "La ITE no es una inspección por muestreo o estadística (...) Es como si para un dictamen jurídico bastara con examinar el 40% de la normativa o jurisprudencia de aplicación". 

Urbanismo ha aceptado otras alegaciones, ya reflejadas en la nueva ordenanza. La más importante de ellas es la obligación de acometer las obras de reparación en un plazo de seis meses a partir de la finalización de la ITE y en dos, si la inspección determina la necesidad de reformas de carácter urgente.

No hay comentarios:

Publicar un comentario