viernes, 29 de marzo de 2013

La exposición “Ars Mechanicae. Ingeniería medieval en España”


Fue inaugurada en la Casa de las Ciencias de Logroño el jueves 7 de marzo, y permanecerá abierta al público hasta el día 23 de junio.

Fechas: Hasta el 23 de junio de 2013.

Lugar: Casa de las Ciencias, Ayuntamiento de Logroño.

Las bóvedas de crucería, las ruedas hidráulicas, el astrolabio, la pólvora, la cartografía náutica, la astronomía, los molinos de agua o de viento... constituyen en parte el objeto de esta gran exposición dedicada a las artes, ingenios y oficios mecánicos de la España Medieval, algunos de ellos dotados de características peculiares derivadas de la condición de España como "frontera de Europa". 


La exposición, organizada por el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) a través del Centro de Estudios Históricos de Obras Públicas y Urbanismo (CEHOPU), es un proyecto de la Fundación Juanelo Turriano, promovido y dirigido por Ignacio González Tascón, fallecido en 2006 y completado bajo la dirección de Pedro Navascués, que ha actuado como comisario de la muestra. Se presentó en el Pabellón Villanueva del Real Jardín Botánico de Madrid en 2008 e inicia precisamente en Logroño su andadura en versión itinerante por diferentes museos y centros culturales.

Se trata de una exposición de gran formato, que va a ocupar más de 500 metros cuadrados de la Casa de las Ciencias de Logroño y que, en cierta medida, recuerda a "Artifex. Ingeniería Romana en España", exposición que se pudo ver en nuestras salas en 2011 con gran éxito de público, ya que ha sido producida por las mismas entidades. Si bien, en esta ocasión, su formato es áun de mayor tamaño, por lo que ocupará tres de nuestras salas además del vestíbulo. Está organizada en cinco áreas temáticas y se compone de más de 50 paneles, más de 30 maquetas, modelos y reproducciones -algunos de ellos de gran tamaño- y cinco audiovisuales. Mostrará al visitante muchas de las grandes obras de la ingeniería y construcción medievales con las innovaciones y avances experimentados en la época, tales como la energía hidráulica o eólica, o nuevas actividades industriales como la fabricación de papel.

Más información sobre la exposición

http://www.xn--logroo-0wa.es
Publicación relacionada con la exposición


La Fundación del Patrimonio Histórico licita dos nuevas restauraciones.


La Fundación del Patrimonio Histórico de Castilla y León licita hoy dos nuevas intervenciones para recuperar el legado cultural de Castilla y León, con una inversión, en conjunto, de casi 700.000 euros. La restauración de la iglesia de San Juan Bautista de Aranda de Duero, Burgos, que en 2014 será sede de las Edades del Hombre, tiene un presupuesto de licitación de casi 397.000 euros y un plazo de ejecución de 6 meses. Y la rehabilitación de la fachada de la iglesia de San Juan de Letrán, Valladolid, tiene un presupuesto de licitación de 292.000 euros y un plazo de ejecución de 8 meses.

San Juan Bautista
La iglesia de San Juan Bautista, en Aranda de Duero, acusa deterioro por la suciedad, humedades, grietas, rejuntados de cemento y pérdida de material en cornisas, zócalos, coronaciones y elementos decorativos. La Fundación del Patrimonio Histórico plantea una intervención, fundamentalmente por el exterior, que afectará especialmente a cubiertas, aleros, torre y portada principal.

La Fundación del Patrimonio Histórico restaurará San Juan Bautista de Aranda de Duero, con la colaboración del ayuntamiento arandino, la parroquia, el Arzobispado de Burgos, Grupo Leche Pascual, Glaxo SmithKline, y Mercadona. 

La iglesia de San Juan Bautista es uno de los edificios más antiguos de Aranda de Duero. En su conjunto, es gótico, del XIV, aunque algunas partes debieron de empezar a construirse en el XIII y responden a un románico tardío. Se completa en los siglos XVI al XVIII con la reforma de la portada principal, con una notable arquería gótica y repisas de filigrana, y la fachada norte, cuya portada es la única muestra de plateresco en Aranda de Duero.

San Juan de Letrán
La restauración de la fachada de San Juan de Letrán busca rehabilitar la portada y eliminar el muro colindante con la residencia Santa Mónica, de modo que se dignifique y ponga en valor tanto el monumento como su entorno urbano. Esta actuación no sólo recuperará un bien cultural de primera calidad, sino que, al eliminar la barrera física que limita las posibilidades de contemplarlo correctamente, revalorizará un espacio patrimonial de primer orden en Valladolid, en pleno centro histórico, junto al Museo Oriental y la Iglesia de los Filipinos.


La financiación de los estudios previos, redacción del proyecto, dirección de obra y restauración se distribuye al 50% entre la Fundación del Patrimonio Histórico y el Arzobispado de Valladolid, si bien el coste de la eliminación de la tapia, instalaciones y urbanización corre íntegro a cargo del Arzobispado de Valladolid.
La iglesia de San Juan de Letrán de Valladolid, destacable por su fachada barroca, se construyó entre los siglos XVII y XVIII. La fachada principal se levanta hacia 1730, trazada por Matías Machuca, representante clave de la arquitectura barroca vallisoletana del siglo XVIII y arquitecto municipal de Valladolid en aquel entonces, y es quizás el mejor exponente del Barroco dieciochesco en Valladolid. Está orientada hacia el Campo Grande y posee un gran dinamismo.

León. El Puente Castro romano será BIC


La Junta estudia declarar Bien de Interés Cultural (BIC) la ciudad romana descubierta en Puente Castro y amenazada por la construcción del vial que unirá este barrio con el de La Lastra. La consejera de Cultura, Alicia García, anunció ayer en el Pleno de las Cortes de Castilla y León que dará la mejor «protección jurídica» a estos restos romanos «dada su importancia». La consejera del PP respondía así a la pregunta del procurador de la UPL, Alejandro Valderas, sobre el estado de abandono de la villa (vicus) que se extendía a lo largo de siete hectáreas y que llegó a tener 5.000 habitantes.

Desde hace meses, asociaciones en defensa del yacimiento, como Promonumenta, han reclamado a la Junta que preserve unos hallazgos de excepcional valor. Sin embargo, el gobierno autonómico ha defendido su protección y, al mismo tiempo, la construcción del vial.

El dictamen que emitió en octubre pasado la Comisión de Patrimonio Cultural fue una pura pirueta semántica: exigía la conservación de la ciudad romana y su enterramiento; y dos meses más tarde, aprobaba el proyecto de conexión entre La Lastra y Puente Castro presentado por el Ayuntamiento de León.

Arqueólogos y asociaciones en defensa del Patrimonio dudaban ayer que un Ayuntamiento «en quiebra técnica» pueda construir el vial ni proteger unos restos que seguirán a la intemperie, como ocurrió en Lancia.

Este enclave es excepcional porque es el único vicus que ha aparecido en España vinculado a un campamento romano.

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En lista de espera
Alicia García aseguró en las Cortes que el Gobierno autonómico está elaborando estudios e informes para tratar de delimitar la extensión del yacimiento y, con dicha información, se declarará BIC. En León hay trece expedientes que ‘duermen’ en algún despacho, algunos desde hace décadas, a la espera de este título: la Vía de la Plata, los Barrios de Salas, Villar y Lombillo, el hotel Alfonso V, la iglesia de Siero de la Reina, el monasterio de Trianos, los hórreos de Posada de Valdeón, el teatro Trianón, el casco antiguo de Ponferrada, las villas de Sahagún y Molinaseca, el casco antiguo de Bembibre y el castro de Corona de Corporales.

La titular de Cultura explicó que los técnicos de la Junta han planteado una propuesta para Puente Castro que conjuga los intereses patrimoniales y de los vecinos; «una solución técnica que compatibiliza la imprescindible conservación de los restos aparecidos y la ejecución del necesario acceso a Puente Castro, obligando a una modificación puntual del proyecto municipal».
Los hallazgos

La ciudad romana de Puente Castro surgió paralelamente al destacamento que se acantonó en lo que hoy es León. Las excavaciones desenterraron una decena de gigantescas construcciones, así como algunas calles.

Puente Castro hace 2.000 años se llamaba Ad Legionem Septima Gemina. En una campaña de prospecciones que tuvo lugar en el 2001, con motivo de las obras de la Ronda Sur, se localizaron además cuatro viviendas, una de ellas de planta basilical. En estas catas se recuperaron numerosos utensilios médico-quirúrgicos, lo que hace suponer que la villa era tan importante que tenía hasta galeno.

Entre las monedas, cerámicas y objetos rescatados en el yacimiento, destaca una espectacular gargantilla de oro y azabache que actualmente está depositada en el Museo de León.

Otras piezas, de apariencia menos llamativa, han permitido reconstruir quiénes eran y cómo vivían los pobladores de este vicus, mayoritariamente artesanos , así como familiares de los soldados de la Legio VII. En el 2001 aparecieron numerosas monedas que muestran la efigie de Filipo el árabe y que refuerzan la importancia que el vicus tuvo como arrabal o cannaba, donde se habría asentado la población civil relacionada con el campamento romano. Estas monedas vienen a consolidar la teoría de que la ciudad se convirtió en la residencia a la que acudían muchos de los legionarios que habían establecido lazos familiares y que, al licenciarse, decidían permanecer también junto a su prole.

En la última campaña de excavaciones se invirtió medio millón de euros. Aunque resulte una paradoja, proteger los hallazgos pasa por taparlos, excepto que se musealicen, lo que exigiría nuevas inversiones.

En septiembre Promonumenta organizó una marcha de protesta por los yacimientos abandonados, que partió, precisamente, de Puente Castro.

Esta asociación, así como vecinos de Puente Castro ya pidieron hace meses la declaración de BIC para unos restos que son únicos en el noroeste de Europa y están relativamente bien conservados.

jueves, 28 de marzo de 2013

Madrid. Aprobado el anteproyecto de la nueva Ley de Patrimonio Histórico.


El Consejo de Gobierno aprobó hoy el anteproyecto de Ley de Patrimonio Histórico, que pretende mejorar la protección del patrimonio histórico regional, ponerlo en valor y hacerlo compatible con el desarrollo de la actividad económica, explicó la consejera de Empleo, Turismo y Cultura, Ana Isabel Mariño.

Dijo que, además de poner al día la normativa, que data de hace 15 años, se persigue eliminar trabas administrativas y duplicidades, ahorrar costes y aclarar las normas vigentes, de manera que la protección de los edificios se conjugue con posibles proyectos económicos que ayuden a reactivarlos y, de paso, contribuyan a su conservación. 

Destacó que el proceso administrativo para declarar un Bien de Interés Cultural se acortará de 15 a 9 meses, y que se regula el procedimiento

de consulta previa, por el que la Comunidad asesorará a los promotores de nuevos proyectos económicos para hacerlos compatibles con la protección de los edificios desde un comienzo y así ahorrar múltiples trámites y modificaciones posteriores que encarecen los proyectos y los ralentizan.

Dijo que la Comunidad de Madrid ha llevado a cabo un esfuerzo de simplificación normativa para que el nuevo marco jurídico constituya una referencia de fácil comprensión para los ciudadanos, que les permita con la máxima certeza posible conocer sus derechos y obligaciones en la materia.

Informó, asimismo, de que la nueva ley beneficiará a los propietarios de inmuebles situados en el entorno de edificios y lugares protegidos, ya que hasta ahora debían solicitar autorización administrativa previa para cualquier obra que quisieran realizar en estos inmuebles, alterara o no el entorno del bien protegido.

Indicó que, a partir de ahora, cualquier obra en el interior del edificio se puede realizar sin autorización y manifestó que para favorecer las labores de conservación de los bienes protegidos por parte de sus propietarios, la Comunidad de Madrid deberá contestar en un máximo de dos meses a las solicitudes de intervención en cualquier Bien de Interés Cultural (BIC) o Bien de Interés Patrimonial (BIP).


Señaló que si no hay respuesta, el silencio administrativo será negativo para los BIC y positivo para los BIP. 

Otras novedades son la regulación de actuaciones administrativas que con el tiempo se impusieron para ser más eficaces en la gestión y la regulación de ciertas categorías, como por ejemplo los paisajes culturales, los bienes de interés etnográfico o industrial y el patrimonio cultural inmaterial.

De acuerdo con el citado anteproyecto, los niveles de protección se ordenarán y aclararán estableciendo un régimen de BIC (Bien de Interés Cultural) y un segundo régimen de protección equivalente a los bienes incluidos actualmente en inventario, que pasa a denominarse Bienes de Interés Patrimonial (BIP). 

Todo ello, sin perjuicio del deber genérico de conservación para cualquier bien integrante del patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid y de la protección urbanística que se llevará a cabo por parte de los ayuntamientos.

Destacó que los ayuntamientos ganan peso en la protección del patrimonio histórico con la nueva ley, ya que se aclaran las competencias y se establece que los procesos de protección de los BIC y BIP quedarán en manos de la Comunidad, mientras que los consistorios velarán por la protección del resto de los inmuebles catalogados que puedan tener valor histórico, con independencia del año de construcción.

Otra de las novedades es la creación del Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles del Patrimonio Histórico, que aporta una mayor seguridad jurídica a la gestión. 

Lo formarán el conjunto de bienes inmuebles declarados o incoados BIC o BIP, así como los yacimientos arqueológicos o paleontológicos documentados.

Afirmó que para agilizar los procesos, se quiere modificar la competencia para incoar los expedientes de protección del patrimonio, de manera que será directamente la Dirección General dePatrimonio Histórico la que los incoe. 

Otra novedad es la incorporación de la consulta previa a los procedimientos ambientales, que deberán ser informados a los efectos del patrimonio histórico con carácter previo al pronunciamiento del órgano ambiental. 

Este informe se realizará de acuerdo con el contenido del Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles del Patrimonio Histórico. El objetivo es ayudar a los promotores de los proyectos a agilizarlos y reducir costes, puesto que la consulta previa les facilita información muy importante para la correcta definición de los proyectos desde el primer momento, ahorrando costosas modificaciones posteriores. 

La consulta previa también quedará regulada en el ámbito del urbanismo.

Por otro lado, la futura ley regional enumerará las instituciones consultivas de la Administración regional en este terreno con el objeto de clarificar esta cuestión, siendo las siguientes: Consejo regional de Patrimonio Histórico, Real Academia de la Historia, la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, las universidades públicas de Madrid, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y los colegios profesionales madrileños relacionados con esta materia.

La nueva Ley de Patrimonio suprime trabas a proyectos económicos en edificios históricos garantizando su protección.
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado este jueves el anteproyecto de ley de Patrimonio Histórico que suprime cualquier tipo de trabas que pueden tener futuros proyectos económicos en edificios históricos de la región garantizando su protección, según ha informado la consejera de Empleo, Cultura y Turismo, Ana Isabel Mariño.

   Según ha explicado Mariño en rueda de prensa posterior al Consejo, con esta nueva ley se beneficiarán proyectos como el de la manzana de Canalejas, donde los edificios actualmente están muy "deteriorados" y van a albergar un gran hotel, entre otras cosas, o el Museo de Arquitectura que se va a levantar en el Paseo del Prado de acuerdo con el arquitecto Emilio Ambasz.

   "Es importante que las leyes no sean una cortapisa para mejorar el desarrollo de la actividad económica y los poseedores de esos bienes puedan ponerlos en valor sin perjudicar la conservación", ha señalado la consejera del ramo, quien ha indicado que la nueva normativa permitirá rehabilitar y dinamizar las zonas históricas de ciudades, pueblos y edificios con distintos grados.

   Una de las novedades de esta normativa, que pone al día la actual que data de hace 15 años, es la regulación del procedimiento de la consulta previa, por el que el Gobierno regional asesorará a los promotores de nuevos proyectos económicos para hacerlos compatibles con la protección de los edificios desde un comienzo y así ahorrar en trámites y modificaciones posteriores que encarecen los proyectos y los ralentizan.

   Así, con esta incorporación de la consulta previa a los procedimientos ambientales, éstos deberán ser informados a los efectos del patrimonio histórico con carácter previo al pronunciamiento del órgano ambiental. Este informe se realizará de acuerdo con el contenido del Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles del Patrimonio Histórico, otra de las novedades que se incluyen en el nuevo texto.

   El objetivo es ayudar a los promotores de los proyectos a agilizarlos y reducir costes, puesto que la consulta previa les facilita información muy importante para la correcta definición de los proyectos desde el primer momento, ahorrando costosas modificaciones posteriores. La consulta previa también quedará regulada en el ámbito del urbanismo.

SE ACLARAN LOS DERECHOS Y DEBERES
   Mariño ha explicado que con la nueva ley se ha hecho un "esfuerzo" de simplificación normativa para que el nuevo marco jurídico constituya una referencia de fácil comprensión para los ciudadanos, que les permita con la máxima certeza posible conocer sus derechos y obligaciones en la materia. Así, ha dicho que huyendo de "leyes farragosos", han intentado "clarificar y acceder a la comprensión" de todos para que no haya ningún tipo de "especulaciones o interpretación".

   Y es que se venía observando, según ha manifestado la consejera madrileña, que la norma vigente, en algunos casos, producía falta de concreción respecto a las obligaciones jurídicas de los titulares de bienes del patrimonio histórico y se establecían autorizaciones administrativas casi para todo tipo de bienes.

   Con el anteproyecto de Ley que ha sido aprobado hoy, los niveles de protección se ordenarán y aclararán estableciendo dos niveles: un régimen de BIC (Bien de Interés Cultural) y un segundo régimen de protección equivalente a los bienes incluidos actualmente en inventario, que pasa a denominarse Bienes de Interés Patrimonial (BIP). Todo ello, sin perjuicio del deber genérico de conservación para cualquier bien integrante del patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid y de la protección urbanística que se llevará a cabo por parte de los ayuntamientos.

   Precisamente, los ayuntamientos ganan peso en la protección del patrimonio histórico con la nueva ley, ya que se aclaran las competencias y se establece que los procesos de protección de los BIC y BIP quedarán en manos de la Comunidad, mientras que los consistorios velarán por la protección del resto de los inmuebles catalogados que puedan tener valor histórico, con independencia del año de construcción.

SIN AUTORIZACIÓN PARA LOS INMUEBLES DEL ENTORNO
   Con la nueva ley, se beneficiará a los propietarios de inmuebles situados en el entorno de edificios y lugares protegidos, ya que hasta ahora debían solicitar autorización administrativa previa para cualquier obra que quisieran realizar en estos inmuebles, alterara o no el entorno del bien protegido. A partir de ahora, cualquier obra en el interior del edificio se puede realizar sin autorización.

   Además, para favorecer las labores de conservación de los bienes protegidos por parte de sus propietarios, la Comunidad de Madrid deberá contestar en un máximo de dos meses a las solicitudes de intervención en cualquier Bien de Interés Cultural (BIC) o Bien de Interés Patrimonial (BIP), cuando hasta ahora no había plazos. Si no hay respuesta, el silencio administrativo será negativo para los BIC y positivo para los BIP.

   Otras novedades serán la regulación de actuaciones administrativas que con el tiempo se impusieron para ser más eficaces en la gestión (como es el caso de la hoja informativa previa a las actuaciones arqueológicas) y la regulación de ciertas categorías, como por ejemplo los paisajes culturales, los bienes de interés etnográfico o industrial y el patrimonio cultural inmaterial.

CATÁLOGO GEOGRÁFICO
   Otra de las novedades del anteproyecto es la creación del Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles del Patrimonio Histórico, que aporta una mayor seguridad jurídica a la gestión. Lo formarán el conjunto de bienes inmuebles declarados o incoados BIC o BIP, así como los yacimientos arqueológicos o paleontológicos documentados.

   Para agilizar los procesos, se quiere modificar la competencia para incoar los expedientes de protección del patrimonio, de manera que será directamente la Dirección General de Patrimonio Histórico (en vez de órganos superiores) la que los incoe.

   La nueva ley también enumera las instituciones consultivas de la Administración regional en este terreno para clarificar y serán el Consejo Regional de Patrimonio Histórico, la Real Academia de la Historia, la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, las universidades públicas de Madrid, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y los colegios profesionales madrileños relacionados con la materia.

   Mariño ha resumido los cambios con la nueva ley en  una eliminación de trabas administrativas y duplicidades, ahorro de costes y aclaración de las normas vigentes, y ha señalado que prueba de ello es, por ejemplo, que el proceso administrativo para declarar un Bien de Interés Cultural se acortará de 15 a nueve meses.

Exposición Artifex. Ingeniería romana en España


Fechas: Hasta finales de agosto de 2013.

Lugar:  Museo Elder de la Ciencia y la Tecnología, en las Palmas de Gran Canaria. Sala de exposiciones temporales,  2ª y 3ª planta del museo.


 La presentación de los contenidos de la exposición se realiza a través de cinco áreas de tipo temático, en las que se muestran muchas de las grandes obras de la ingeniería romana en Hispania, junto con las innovaciones y avances experimentados en la época en otros campos de la técnica. Los diferentes apartados están dedicados respectivamente a:

Área I. La construcción: materiales y maquinaria

Área II. Las comunicaciones: calzadas, puentes, puertos

Área III. La ciudad y su equipamiento

Área IV. Minería y metalurgia

Área V. Técnicas y artes industriales.

Más información http://www.museoelder.org

Noticia sobre la exposición

miércoles, 27 de marzo de 2013

El proyecto "Cabanyal Archivo Vivo" premio Europa Nostra 2013.


La Comisión Europea y Europa Nostra ha distinguido con uno de sus premios al proyecto 'Cabanyal Archivo Vivo', que pretende mostrar "hasta qué punto se puede despertar la sensibilidad de los ciudadanos hacia el frente marítimo histórico de Valencia, a través de una planificación urbana sostenible, basada en la identidad cultural y en la participación", informan responsables de la iniciativa en un comunicado.

El Proyecto Cabanyal Archivo Vivo de Valencia ha sido premiado en la categoría de Educación, Formación y sensibilización.

"Al dar un premio al "archivo vivo Cabanyal" de Valencia el jurado destacó la importancia de la iniciativa de los ciudadanos en el reconocimiento de su responsabilidad por el patrimonio cultural de una zona urbana, o en la calle, nivel, así como en una escala mayor arquitectónica y social. El proyecto demuestra de manera ejemplar las posibilidades de dar a conocer la línea de costa, histórica e importante de Valencia mediante la promoción de la planificación urbana sostenible a través de la identidad cultural y la participación ".

El Cabanyal Archivo Vivo es un proyecto con el objetivo fundamental de crear conciencia en la comunidad sobre el valor del patrimonio histórico, social y artístico de la zona Cabanyal de Valencia. Este barrio se encuentra en un proceso de deterioro y en grave peligro de desaparecer debido a las exigencias de la planificación urbana. El Archivo Living Cabanyal se compone de una serie de intervenciones que han tenido lugar desde el año 2011: una serie de publicaciones, un sitio web http://www.cabanyalarchivovivo.es/, y la participación de los vecinos, así como los residentes de la resto de Valencia y su región.


MEMORIA
El trabajo ha tenido como objetivo la puesta en valor, a través de las herramientas de la cultura, del patrimonio del barrio del Cabanyal en Valencia, a partir de sus valores, identidad y memoria, señala Lupe Frigols, una de las directoras del proyecto.

La iniciativa fue desarrollado y presentada en el barrio del Cabanyal del 12 al 18 de diciembre 2011, contando con un conjunto de actividades que se desarrollaron en el espacio real y en internet.

Entre las diferentes acciones realizadas se encuentra 'Hablemos sobre el Cabanyal', dirigido por Bia Santos, en el que se ha reunido más de un centenar de testimonios que ponen de relieve la riqueza de la memoria oral, así como la importancia del patrimonio humano dentro del espacio físico. También se ha contado con el proyecto pedagógico 'Aprendiendo del Cabanyal. Propuestas lúdicas y educativas', dirigido por Silvia Molinero y Mixuro Estudio de Arquitectura, con una serie de actividades lúdicas y educativas infantiles de concienciación sobre el patrimonio, así como el ciclo de mesas redondas Cabanyal.


En 'Patrimonio cultural, participación ciudadana e iniciativas de futuro', han participado tanto especialistas en arquitectura, conservación del patrimonio, como asociaciones vecinales que desarrollan acciones en el barrio. Destaca dentro del conjunto la propuesta 'La Más Bella revista objeto fundada en 1998', dirigida por Pepe Murciego y Diego Ortiz, que ofrece en cada uno de sus números una edición monográfica sobre un tema.

Bajo el título 'La Más Bella Playa' han intervenido alrededor de cuarenta creadores de relevancia nacional e internacional, mientras que en 'Derivas virtuales en el Cabanyal', comisariado por Emilio Martínez, se recoge una selección de creaciones geolocalizadas realizadas por varios grupos de artistas.





Un magnífico trabajo que vale la pena ver en su web, y además los que os podáis pasar por Valencia os recomiendo que visitéis el Cabanyal.

Web Cabanyal Archivo Vivo

Más información sobre premio Europa Nostra 2013

Noticia sobre el premio

Urbanismo hará una inspección del Monasterio de San Ginés para evaluar el derrumbe. Cartagena


La denuncia pública de la Asociación de Amigos del Monasterio de San Ginés de la Jara sobre el derrumbe parcial del techo de un pabellón de este inmueble catalogado, como Bien de Interés Cultural (BIC), ha llevado a la Concejalía de Urbanismo a ordenar una inspección para comprobar los daños y cómo ha quedado su estructura. Además, según informaron fuentes de Alcaldía, se va a requerir a la empresa Hansa Urbana que rinda cuentas de lo sucedido.

El monumento debe ser rehabilitado por esta promotora urbanística para entregarlo en perfecto estado al Ayuntamiento, como parte del convenio por el que se autorizó la construcción de una urbanización de 10.000 viviendas junto al Mar Menor. Es la única que lo puede tramitar en esa zona.

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Tras expedir la autorización de obras, según un proyecto de rehabilitación de hace cinco años, el Ayuntamiento logró que Hansa Urbana comenzara a principios de enero las labores preliminares de limpieza de maleza y retirada de basuras. Sin embargo, el derrumbe pone de manifiesto que ni siquiera se ha puesto en marcha un plan para apuntalar las zonas más deterioradas para evitar que se vengan abajo.

Un centro de interpretación en el museo del arrabal islámico. Zaragoza


El anteproyecto elaborado por Zaragoza Vivienda recoge la musealización de los restos islámicos que aparecieron en el 2002 y que ahora se encuentran tapados, a 4 metros bajo el nivel del suelo. En ese momento se estudió una superficie aproximada de un 30% del total del solar y aparecieron restos de un arrabal islámico, del siglo XI.

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La propuesta inicial de Zaragoza Vivienda establece la construcción de un museo en el sótano del edificio, con una superficie de unos 1.900 metros cuadrados. Se reservarían, además, otros 200 en la planta baja para un centro de interpretación y un lucernario dejaría pasar la luz natural a los restos, por los que se circularía con una pasarela. Para ello se contemplan 700.000 euros.

La reparación del argayo de Arnao concluirá la próxima semana. Castrillón (Asturias)


a zona del argayo que obligó a cerrar el mirador a mitad del paseo de la playa de Arnao en el mes de enero será reparada por la Demarcación de Costas en Asturias dos meses después del desprendimiento. Está previsto, además, que los trabajos se den por finalizados la próxima semana.

La memoria del proyecto que pretende ejecutar el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en la zona incluye la limpieza del corrimiento del talud y la preparación del asiento de la escollera, reconstruyendo en parte la escollera de pie de talud existente y destruida. El tramo a construir abarcará 20 metros, con una altura de 4 metros y 1,50 de espesor. Se perfilará el talud y se plantará el mismo.

En el nivel superior, en el mirador del paseo, se demolerá desde la grieta existente la parte del mirador asentado, y se acortará el saliente del mismo debido a la verticalidad del talud actual. La superficie resultante del mirador levantado se perfilará y ajardinará. Antes se retirarán las barandillas y las dos farolas, elementos que volverán a ser repuestos una vez ejecutadas las obras.

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Según el informe de la Demarcación de Costas en Asturias, se ejecutará el recalce del borde exterior del paseo hasta los diez metros. Para ello se ejecutará bajo este extremo, una viga corrida de hormigón medianamente armada, permitiendo que el hormigón rellene los huecos existentes interiores a la viga, y antes se limpiará la oquedad y se realizará un asiento estable de la viga. Posteriormente se recolocará el mobiliario previamente retirado.

Tras el incidente, el Ayuntamiento de Castrillón dio parte a la Demarcación de Costas, por ser la responsable del paseo. En aquel momento, según explicó el concejal de Obras, José Luis Garrido, lo aconsejable era «reforzar la base del saliente» y el paseo se cerró al público para evitar accidentes debido a la grieta formada y el argayo. El paseo, de unos 300 metros de longitud, parte del túnel de acceso a la playa y llega hasta el conjunto de la mina.

martes, 26 de marzo de 2013

La restauración de toda la madera de la Lonja comenzará tras la Semana Santa. Valencia


Uno de los monumentos más emblemáticos de Valencia sigue con su proceso de 'lavado de cara' para garantizar su conservación, dado que desde 1996 la Lonja está catalogada como Patrimonio de la Humanidad por la Unesco. Fuentes de la Concejalía de Cultura confirmaron que las obras de restauración de la carpintería del edificio se iniciarán tras la Semana Santa y la Pascua, ya que la adjudicación del proyecto se resolverá en unos días.

Estos trabajos serán posibles gracias a la subvención de 37.504,56 euros concedida por el Gobierno central para la restauración e hidratación de toda la madera de las ventanas y puertas del conjunto de la Lonja y del Consolat del Mar. La tramitación se realizó a mediados del año pasado y fue el 12 de diciembre cuando el Ministerio de Cultura aprobó una resolución de la Secretaría de Estado con la concesión de ayudas para proyectos de conservación, protección y difusión de bienes declarados Patrimonio Mundial entre los que se incluía la partida para la Lonja, que el consistorio valenciano recibió a comienzos de este mes.

En total, el ministerio concedió dos millones para bienes catalogados como Patrimonio de la Humanidad, unas ayudas de las que se han beneficiado 47 ayuntamientos. Entre las ciudades afortunadas se encuentran también Segovia, Sevilla, Atapuerca, Baeza, San Lorenzo del Escorial y Pollença (Baleares).

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Hace unos días la concejala de Cultura, Mayrén Beneyto, manifestaba su "satisfacción" por la concesión de esta subvención del Gobierno y, especialmente, "por ser una ayuda que se va a destinar al conjunto de la Lonja, un espacio declarado Patrimonio de la Humanidad" al que su departamento «cuida y mina de manera especial». En este sentido, Beneyto recordó que "prueba de ello" son todas las actuaciones que se han realizado en los últimos años para conservar y mantener el "esplendor" de este monumento.

En concreto, el Ayuntamiento de Valencia ha invertido en los últimos años más de tres millones de euros en la limpieza y restauración de la Lonja, una joya del gótico civil donde todavía quedan varias zonas por rehabilitar como, por ejemplo, el pavimento policromado, y espacios de difícil acceso como el interior de las bóvedas del Salón Columnario.

La última etapa se inició en octubre de 2011, cuando arrancaron diversas restauraciones consistentes en la renovación de cubiertas, consolidaciones de techumbres y artesonados, reposición de algún forjado y limpieza en general. Se incluyó la colocación de una plataforma como acceso de minusválidos en una puerta de la calle de la Lonja. También se vació el sótano del Consolat, que pasó a ser visitable.

Los trabajos de mejora no quedaron ahí y a finales de 2011 se adjudicaron las obras de rehabilitación del pabellón auxiliar (cuyo origen se remonta a principios del siglo XVIII), que incluían una reforma de los aseos y la creación de un espacio que se ha convertido, desde el pasado noviembre, en el nuevo acceso al edificio de la Lonja. La antigua casa del conserje pasaba a ser centro de recepción de visitantes en la fachada trasera del edificio, cerrándose así la entrada principal que sólo se abrirá para ocasiones especiales, como los premios Jaime I. En este nuevo espacio de recepción (en el que se ha respetado la techumbre original de vigas de madera) también se ha previsto colocar una pequeña tienda de recuerdos para los turistas.

Zamora. La restauración de cinco tramos de muralla conllevará obras durante un año.


El Portillo de la Lealtad, las Peñas de Santa Marta, la Cuesta de los Pepinos, la muralla de Santa Ana y la Ronda del Degolladero serán sometidos a un proceso de restauración de un año una vez que el Ayuntamiento aprobara ayer la licencia de obra en los cinco tramos de muralla, a petición de la Subdirección General del Instituto de Patrimonio del Ministerio de Cultura, titular de los lienzos.

Las obras de conservación y consolidación en el lienzo tratarán de evitar un mayor deterioro de la fortificación medieval y poner en valor una de las construcciones históricas más importantes de la ciudad.

El presupuesto previsto para el conjunto de estas actuaciones asciende a más de 800.000 euros, y el plazo de ejecución será de once meses desde el inicio de los trabajos, según informó ayer el portavoz del equipo de Gobierno en el Ayuntamiento de Zamora, Francisco Javier González. La mayor cuantía de este montante económico recaerá en las Peñas de Santa Marta y en la muralla de Santa Ana, conforme a las previsiones iniciales.

Según el edil del Partido Popular, la actuación responde «a las reiteradas peticiones formuladas por el Ayuntamiento al Ministerio en defensa de la muralla», explicó ayer González.

La comisión territorial de Patrimonio de la Junta de Castilla y León aprobó el pasado día 5 de marzo la autorización para las actuaciones en el lienzo. Por su parte, el Ayuntamiento exigirá la reposición del pavimento y de los elementos señalizadores una vez concluidas las obras en los cinco tramos de la muralla.

González Hernández comunicó esta autorización municipal al término de la Junta de Gobierno Local, cuando también informó sobre el traslado pendiente de las oficinas municipales al nuevo edificio, en el antiguo Centro Médico. Con meses de retraso con respecto a las previsiones iniciales, el Ayuntamiento está pendiente de recibir los permisos relativos a la electricidad y a falta de comprobar las instalaciones, «ya finalizadas», asegura el portavoz del equipo de Gobierno. En este sentido, González expone que «ya hemos dado instrucciones para que la documentación se vaya ordenando en cajas para que la reubicación se haga de
forma inmediata».

Una poda descubre un tramo de la reja de Sabatini en la Casa de Campo. Madrid


La reja del arroyo de La Zorra, que construyó el arquitecto real Francesco Sabatini en la cerca histórica de la Casa de Campo, en el siglo XVIII, se ha recuperado después de décadas escondida entre kilos de zarzas, enredaderas y otros matorrales que habían crecido a su alrededor. Solo se necesitaba una poda, como pedía la Plataforma Salvemos la Casa de Campo, y que ha tardado muchos años en llegar.

Desde hace unos días los transeúntes pueden contemplar sus 13 contrafuertes y tres arcadas —antaño equipadas con rejas y ahora cegadas con ladrillo— de una longitud aproximada de unos 60 metros. El elemento constructivo cumplía la función de permitir el paso a las aguas de los arroyos que entran en la Casa de Campo e impedir, al mismo tiempo, que los animales escaparan de los dominios reales y que se colaran intrusos.

Esta semana, varios jardineros municipales emprendieron el trabajo de limpieza de la cerca y, de momento, han despejado cerca de dos kilómetros, desde la Puerta de Rodajos, cercana a Prado del Rey, pasando por la Puerta de Somosaguas hasta el portillo de Los Pinos. Muchas de las plantas que la cubrían se descolgaban desde las parcelas de las viviendas de la urbanización de lujo de Somosaguas (Pozuelo de Alarcón), que se construyeron hace años y usan el muro, declarado Bien de Interés Cultural (BIC) en 2010, como si fuera de su propiedad. A mitad de camino se encuentra la reja de La Zorra, que ahora se puede contemplar en todo su esplendor.

“Sabíamos que estaba allí e incluso se podía observar algo, pero la visión era muy limitada. Ahora se aprecia su verdadera dimensión, se ha recuperado el conjunto”, explica Luis de Vicente, investigador desde hace 18 años de este paraje madrileño y autor del libro La Casa de Campo, parque histórico. En la actualidad se conservan cuatro rejas, en mejor o peor estado, además de la destapada por la poda. La del arroyo Meaques, cercana a la zona de Campamento, está restaurada e incluye una reja metálica nueva abatible; la de Prado del Rey conserva la reja original; la del arroyo Antequina, más deteriorada y con una cancela nueva que no guarda ningún parecido con la original y otra, de menor entidad, muy tapada por la tierra que se ha ido acumulando por la erosión del terreno.

Además de podar la vegetación que crecía alrededor de la tapia del propio parque, los jardineros han cortado ramas de árboles y otras plantas que se desparramaban por el muro desde las viviendas privadas. Así, las personas que lleguen al aparcamiento de la Puerta de los Rodajos pueden observar que debajo de las ramas de los pinos, que llegaban casi hasta el suelo, se encontraba la valla perimetral. Algo que ha motivado la queja del grupo municipal de IU, que considera que este trabajo de mantenimiento le corresponde a los propietarios de las fincas, no a los técnicos municipales.

La Plataforma Salvemos la Casa de Campo lleva años pidiendo al Ayuntamiento que cuide la tapia y ha denunciado también que los propietarios de las viviendas adyacentes han levantado muros, alambradas y otros elementos usando la cerca protegida como soporte. “Esto es lo que se ve, pero seguro que existen anclajes dentro de la fina en la reja e incluso han construido edificaciones que están adosadas a ella”, comenta Juan García, portavoz de la organización, y miembro de Ecologistas en Acción. De momento, no han logrado que se desmonten, y tampoco tienen constancia de que se haya llevado a cabo alguna acción municipal al respecto.

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Milagros Hernández, portavoz en la comisión de las artes de IU, recuerda que cuando se declaró la tapia BIC se aprobó desarrollar un plan especial de protección, que obligaba a mantener una banda de protección de 0,80 metros libre de toda especie vegetal y de dos metros sin especies arbóreas. También se prohíben actuaciones sobre la cerca que alteren su apariencia o acabado tradicional, así como la fijación o superposición de elementos. La concejal piensa que el Ayuntamiento no actúa porque son viviendas de lujo. “Al año siguiente de proteger la cerca tiraron las chabolas y casitas que la afectaban, pero, qué casualidad, no tocaron las de Somosaguas. Y hay que ver lo que hay en la tapia, hasta alambradas”, critica.

La Plataforma Salvemos la Casa de Campo pide que se respete la tapia perimetral que rodea las 1.727 hectáreas de superficie del pulmón madrileño. “Aunque ha desaparecido en muchos tramos debido al paso del tiempo y al abandono de las administraciones”, concluye García.


Exposición del arquitecto valenciano José María Manuel Cortina


De la expresión gráfica a la edificación. La obra de un genio del Modernismo valenciano.

Lugar: Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias González Martí,
C/ Poeta Querol 2, Valencia

Fechas:  Hasta 31 de marzo de 2013
De martes a sábados, de 10.00 a 14.00 y de 16.00 a 20.00 hrs. 
Domingos y Festivos, de 10.00 a 14.00 hrs. 
Lunes, cerrado.

*Entrada gratuita


 La muestra se estructura en cuatro apartados:

1. Vida y obra
Este primer apartado presenta una completa biografía de José
María Manuel Cortina, nacido en Valencia en 1868. Comenzó sus
estudios de arquitectura en 1884 en la Escuela de Barcelona que contaba por aquel entonces con profesores de la talla de Lluis Domènech i Montaner y Josep Puig i Cadafalch. Terminó sus estudios en la Escuela de Arquitectura de Madrid en 1891. Entre 1891‐1893, trabajó como arquitecto municipal en varias localidades valencianas (Paterna, Valencia, Gandía).


2. Cortina estudiante. Cortina bibliófilo. Cortina coleccionista.
Este apartado está dedicado a la donación Cortina al Museo Nacional de Cerámica, efectuada por su hija María de la Concepción Cortina y su yerno Rafael Calvo, en 1961. Esta generosa donación constó de obras propias: 14 maquetas de escayola a escala de sendos monumentos funerarias y dibujos de proyectos a lápiz sobre papel o acuarela sobre papel cartoné.

3. Edificios para la muerte
Cortina inició su obra en el ámbito de la arquitectura funeraria proyectando y ejecutando el cementerio de Paterna en 1891. Llegó a ser Arquitecto municipal de cementerios de Valencia, y proyectó un gran número de panteones para el Cementerio General de dicha ciudad, así como algunas reformas internas del propio cementerio.

4. Edificios fuera de Valencia
En esta última sección de la exposición se presenta la ermita de la Virgen del Carmen de Teruel, construida en 1882 por Cortina y reformada en 1903 por encargo de la familia Garzarán.




Noticias sobre la exposición El País

lunes, 25 de marzo de 2013

Decreto que regula la Inspección Técnica de edificios de Cantabria.


Decreto 3/2013, de 14 de febrero, por el que se regula la inspección técnica de edificios.
Boletín Oficial de Cantabria nº 37, 22 de febrero de 2013.

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto.
1. Es objeto de este Decreto regular las condiciones en las que se realizará la inspección técnica de edificios.

2. La inspección técnica de edificios se enmarca dentro del cumplimiento de los deberes de uso y conservación establecidos en el artículo 200 de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del suelo de Cantabria, y está dirigida a determinar las condiciones de seguridad, salubridad y ornato de un edificio, proponiendo las obras de conservación y, en su caso de rehabilitación que fueran precisas.

3. Sin perjuicio de lo anterior, los edificios deberán cumplir las condiciones que se establecen en la normativa urbanística y el resto de normas sectoriales aplicables en materia de seguridad, mantenimiento y conservación de edificios.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. Este Decreto será de aplicación preceptiva en aquellos municipios que tengan una población superior a veinticinco mil habitantes, siendo de aplicación voluntaria para los restantes municipios.

2. De conformidad con el artículo 21.2 del Real Decreto-Ley 8/2011, de 1 de julio, las condiciones, forma y plazo en que se realizarán las inspecciones técnicas de edificios reguladas por el presente Decreto tienen el carácter de mínimos, y deberán ser aplicadas tanto por aquellos municipios de más de veinticinco mil habitantes como por aquellos que se acojan voluntariamente a este Reglamento.

3. Para la correcta realización de la inspección técnica de edificios, los municipios deberán regular de la forma que legalmente proceda conforme a su organización el procedimiento a seguir para la gestión y control de las inspecciones técnicas de edificios y sus revisiones, pudiendo ampliar el nivel de exigencia de las condiciones contenidas en el presente Decreto. De igual forma, podrán aprobar ordenanzas reguladoras de aquellos aspectos que serán objeto del informe y que no estén suficientemente regulados en su planeamiento de conformidad con la normativa aplicable.

Artículo 3. Edificios sujetos a la inspección.
1. Están sujetos a la inspección técnica obligatoria, todos aquellos edificios con una antigüedad superior a cincuenta años cuyo uso sea residencial, ya sea como vivienda, o como residencia temporal o permanente, aunque simultáneamente pueda tener otros usos.

2. También están sujetos a la inspección técnica obligatoria, todos aquellos edificios con una antigüedad superior a cincuenta años, destinados a un uso o servicio público cuyos usos propicien una afluencia de público y de usuarios en general que hiciesen aconsejable velar por mantener unas condiciones adecuadas de mantenimiento, conservación y seguridad de los edificios.

3. A los efectos de realizar la primera inspección técnica de edificios, los edificios que hayan
sido sometidos a rehabilitaciones integrales tendrán la antigüedad correspondiente al plazo transcurrido desde la finalización de la obra. A tal fi n, se entiende por rehabilitación integral al conjunto de obras que consisten en el derribo de un edificio salvando únicamente sus fachadas o constituyen una actuación global que afecta a la estructura o al uso general del edificio.

4. Quedan excluidos de la inspección técnica los edificios que hayan sido declarados en ruina por el ente local competente.

5. En el caso de edificios con antigüedad superior a 50 años donde se esté tramitando procedimiento de ruina, la inspección técnica de edificios sólo se realizará, cuando exista resolución absolutoria de ruina. En tal caso, se realizará de forma inmediata.

6. Todos los edificios comprendidos en este artículo acreditarán su antigüedad con los siguientes documentos o al menos uno de ellos:
a) Certificado Final de la Obra.
b) Licencia de Primera Ocupación.
c) Certificado Catastral.
d) Escrituras acreditativas del final de la obra.
e) En defecto de las anteriores y de cualquier medio de prueba admisible en derecho, por estimación técnica en función de su tipología y características constructivas

7. Las administraciones están obligadas a facilitar cualquier dato que obre en sus archivos que sirva para determinar la antigüedad del edificio.

Artículo 4. Personas y entidades sujetas al deber de realizar la inspección técnica de edificios.
1. El deber de realizar la inspección técnica de los edificios corresponde a todos sus propietarios, sean personas físicas o jurídicas, que deberán asumir los costes de los informes técnicos y de la reparación de los daños detectados. En el caso de una finca en régimen de división horizontal este deber recae en la Junta de Propietarios.

2. El Ayuntamiento deberá comunicar al menos con tres meses de antelación al cumplimiento de cincuenta años del edificio, o en su caso a cada inspección periódica posterior, a los propietarios de los inmuebles afectados la obligación de efectuar la inspección técnica de edificios, con indicación del plazo para su realización y las consecuencias de su incumplimiento.

3. Los propietarios del inmueble y los ocupantes de los mismos, tienen la obligación de colaborar con la inspección. A tal fin quedan obligados a facilitar a los técnicos que realicen la inspección toda la documentación necesaria, así como el acceso a las viviendas y dependencias del inmueble para posibilitar el examen.

Artículo 5. Revisiones periódicas.
1. Una vez realizada la primera inspección, las siguientes inspecciones se realizarán dentro del año siguiente a aquel en que hayan transcurrido quince años desde la anterior inspección.

No obstante este plazo tiene la consideración de mínimo y los Ayuntamientos podrán modificarlo en su regulación, atendiendo a circunstancias debidamente justificadas.

2. En cualquier caso y sin perjuicio del plazo establecido en el apartado anterior, los ayuntamientos podrán requerir en cualquier momento, y de forma justificada la realización de una revisión periódica de la inspección técnica de edificios.

Artículo 6. Técnicos competentes para la inspección.
1. Las inspecciones técnicas de los edificios deberán de llevarse a cabo por técnicos competentes teniendo en cuenta las características de las inspecciones y las materias competenciales que han de ser inspeccionadas.

2. Se entiende por técnico competente, aquel que determina la vigente Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y el resto de normas que sean de aplicación, de acuerdo con sus respectivas especialidades y competencias específicas.

3. Las administraciones actuantes, para impulsar y facilitar la realización de las inspecciones técnicas, pueden firmar convenios de colaboración con los colegios y las asociaciones profesionales vinculados a la edificación, en los que se deben establecer las condiciones generales de su realización.

4. Los propietarios obligados a la inspección técnica de edificios podrán acogerse a las condiciones establecidas en dichos convenios de colaboración, o bien directamente contratar a un técnico competente.

CAPÍTULO II. LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS
Artículo 7. Aspectos mínimos a considerar en la inspección técnica de edificios.
1. La inspección se realizará visualmente sobre aquellos elementos del edificio objeto de la verificación, señalándose en el informe aquellos a los que no se haya podido acceder y su causa. No forma parte de la inspección detectar vicios ocultos ni prever causas que puedan sobrevenir y que no tengan manifestación en el momento de la inspección.

2. Para que la inspección tenga validez ha de realizarse sobre una muestra válida y suficiente, inspeccionando al menos un 60% de las viviendas y locales del edificio si este tiene el uso característico de residencial. Para el resto la muestra deberá ser del 60% de sus dependencias.

3. Cuando los datos obtenidos de la inspección visual no sean suficientes para el diagnóstico de posibles patologías que afecten a la seguridad, el técnico encargado de la inspección deberá proponer a la propiedad del inmueble la realización de un estudio de los elementos constructivos afectados y las pruebas que considere necesarias.

4. La inspección técnica de edificios tendrá en cuenta como mínimo los siguientes aspectos:
a) Seguridad: conjunto de las características constructivas que aseguran la estabilidad y la consolidación estructural de los inmuebles y la seguridad de sus usuarios y de la población.

b) Salubridad: conjunto de las características higiénicas y sanitarias de los inmuebles y de su entorno que aseguran la salud de sus usuarios y de la población.

c) Ornato público: conjunto de las características estéticas de los inmuebles y de su entorno que satisfacen las exigencias de dignidad de sus usuarios y de la sociedad.

d) Accesibilidad: conjunto de elementos comunes del edifi cio que permitan acceder a los usuarios en condiciones de seguridad.

5. A tal efecto se examinarán al menos los siguientes elementos para determinar:
a) El estado de la estructura y cimentación.
b) El estado de fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros paramentos, en especial de los elementos que pudieran suponer un peligro para la vía pública, tales como petos de terrazas, balcones, galerías, aleros o placas, entre otros.
c) El estado de conservación de cubiertas y azoteas.
d) El estado de las redes generales de fontanería y saneamiento del edificio.
e) El estado de las instalaciones eléctricas de los elementos comunes y de los mecanismos.
f) El estado de los accesos y sus condiciones, así como las escaleras y elevadores.

Artículo 8. El informe de la inspección.
1. Una vez realizada la inspección, el técnico competente emitirá un informe en el que se detallarán los daños detectados en todos los elementos examinados, determinando su posible causa y las medidas recomendadas para su reparación.

2. El Informe sobre la inspección técnica del edificio se debe ajustar a los principios de imparcialidad, objetividad e independencia, y al de veracidad de las manifestaciones que contenga. Este informe deberá ser presentado según el modelo que fi gura como ANEXO I al presente Decreto.

3. Podrá ser visado por el colegio profesional correspondiente. En caso de no ser así, el técnico presentará junto con el informe una Declaración Responsable, según el modelo que figura como ANEXO II Al presente Decreto.

4. El informe detallará, si las hubiera, las deficiencias detectadas acompañadas de un croquis con su localización y fotografías, y las calificará de la forma siguiente:
a) Deficiencias muy graves que afectan a la seguridad de las personas, en las que se ha de intervenir con urgencia y el técnico o los técnicos redactores deben comunicarlo a la propiedad y al Ayuntamiento de manera inmediata para tomar las medidas oportunas que reduzcan el riesgo para las personas.

b) Deficiencias graves que no entrañan peligro inmediato para las personas y que han de subsanarse en los plazos indicados.

c) Deficiencias leves que requieren reparación y que no afectan a la seguridad de las personas, en las que se necesitan obras de mantenimiento para evitar el deterioro del edificio o parte del mismo.

d) Sin deficiencias.

5. El informe deberá ser concluyente en sentido favorable o desfavorable. Será favorable únicamente cuando no se detecten deficiencias o sean deficiencias leves, y desfavorable en los demás casos.

6. El informe debe proponer las medidas y obras necesarias para la subsanación de las deficiencias, la fecha aconsejable para su inicio, el plazo de ejecución y un presupuesto estimado. También incluirá el compromiso de los propietarios de acometer las obras conforme a las condiciones del informe y de la legislación aplicable.

Artículo 9. Efectos de la inspección técnica de edificios.
1. Una vez finalizada la inspección técnica de edificios el informe técnico favorable deberá ser presentado por los propietarios, la Junta de Propietarios o sus representantes legales ante el Ayuntamiento, que remitirá una copia a la Administración de la Comunidad Autónoma para que ésta lo incluya en el Registro Autonómico de Inspecciones Técnicas de Edificios.

2. Si el informe de la inspección fuera desfavorable y los propietarios se comprometieran a acometer las obras en los plazos estipulados, deberá notificarse al Ayuntamiento el resultado de la inspección y los plazos fijados para la subsanación de las deficiencias. Una vez subsanadas, el técnico deberá reflejar en el informe su conformidad y proceder conforme al apartado
1 de este artículo.

3. En el caso de que el informe fuese desfavorable y no exista compromiso de subsanación, deberá comunicarse tal situación al Ayuntamiento para que proceda de conformidad con el artículo 201 de la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio.

4. En caso de que el inmueble presente las condiciones de ruina, por agotamiento generalizado de sus elementos estructurales o fundamentales, a la que se refiere el artículo 202.2.b) de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, el técnico o los técnicos redactores del informe lo comunicarán al Ayuntamiento con la mayor brevedad posible para el inicio de los trámites necesarios.

5. En caso de ruina inminente además de lo contemplado en el apartado anterior, deberá comunicarse esta situación al Ayuntamiento, a través de su Alcalde -Presidente, para que éste proceda en consecuencia.

Artículo 10. El Registro de las Inspecciones Técnicas de los Edificios.
1. El Registro de Inspecciones Técnicas de los Edifi cios es un registro autonómico, incardinado orgánicamente en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que recogerá los datos remitidos por los Ayuntamientos que hayan implantado la ITE, Su llevanza incumbe a la Dirección General competente en materia de vivienda.

2. El Registro de las Inspecciones Técnicas de los Edificios es público para toda aquella persona que quiera consultar el estado de inspecciones de un edificio, pudiendo solicitar certificado acreditativo de su situación

3. La Comunidad Autónoma de Cantabria y los municipios a los que se refi ere el artículo 2.1 del presente Decreto, colaborarán en la elaboración del Registro. A tal fi n, los Ayuntamientos implantarán un sistema de control de las inspecciones técnicas de edificios donde se incluya el censo de los edificios que vayan a estar sujetos a la inspección técnica de edificios, la relación de los edificios que han obtenido el informe favorable, la de aquellos que han obtenido informe desfavorable con indicación de la gravedad de las deficiencias, de la existencia de compromiso de reparación por parte de los propietarios o de orden de ejecución municipal y el plazo de finalización de las obras.

Los Ayuntamientos que implanten la inspección técnica de edificios deberán remitir mensualmente al Gobierno de Cantabria, y en concreto a la Dirección General con competencias en materia de vivienda, el censo de los edificios que han de pasar la inspección técnica de edificios en el siguiente mes y los datos de los edificios que han obtenido el informe favorable de la inspección técnica de edificios en el mes anterior.

4. En el censo de los edificios a que se refiere el apartado anterior constarán, al menos, la dirección del inmueble, el número de viviendas o dependencias en el caso de uso residencial, su antigüedad, y todos aquellos datos que puedan facilitar la gestión de la inspección.

Disposición Transitoria Única
Plazos para la primera inspección técnica de edificios
Todos los edificios deberán haberse sometido a la inspección técnica antes del 31 de diciembre de 2015. A éste efecto, se entenderá que se han sometido a inspección técnica tanto los edificios que hayan obtenido informe favorable, como aquellos que se encuentren dentro del plazo señalado en el informe de inspección para acometer las obras necesarias para la subsanación de las defi ciencias apreciadas en el informe de inspección.

Disposición Final
Entrada en vigor
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
Santander, 14 de febrero de 2013.

Os pongo algunas de las fichas del modelo de ITE, el modelo de esta ordenanza es muy completo.











Fuente de texto http://boc.cantabria.es