martes, 28 de mayo de 2013

Algeciras. Los edificios con más de 40 años tendrán que superar una inspección.

Los edificios de Algeciras con más de 40 años de antigüedad deberán someterse a partir de ahora a una inspección técnica que exigirá a las construcciones las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato. Entiéndase edificios como cualquier tipo de inmueble, es decir, bloque de pisos, chalet, adosados, etcétera. 

La ordenanza municipal que regulará estas inspecciones ya ha sido aprobada de forma inicial y hasta el 22 de mayo está abierto el periodo de alegaciones, tras el cual la normativa y la obligación de los propietarios entrará en vigor. Es la aplicación de lo que ordena el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio. 

El citado Real Decreto-ley establece que las inspecciones técnicas deben asegurar el "buen estado" y la "debida conservación" de los edificios. La revisión ha de "evaluar la adecuación de los inmuebles a las condiciones legalmente exigibles de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato" así como "determinar las obras y trabajos de conservación que se requieran para mantener los inmuebles en el estado legalmente exigible y el tiempo señalado al efecto". 

El Real Decreto-ley estipula someterse a ese examen a los edificios de una antigüedad superior a 50 años, salvo que las comunidades fijen una distinta, lo que ha ocurrido en Andalucía, establecida en los mencionados 40 años. Los inmuebles algecireños con esa edad, por tanto, deben pasar por la inspección y también cuando hayan transcurrido 20 años desde la última rehabilitación, detalla Diego González de la Torre, concejal de Urbanismo de Algeciras. 

"La inspección viene a garantizar la conservación y la adecuación del edificio y también asegura a los propietarios e inquilinos que la vivienda esté en condiciones de habitabilidad, además de que evita la depreciación y se fomenta la regeneración del paisaje urbano", destaca el edil algecireño. 

Será el propietario del inmueble el que tenga la obligación de contratar la revisión. Se la debe encargar a un profesional cualificado, un arquitecto técnico por ejemplo, que será quien ejecute la inspección. Y este técnico tramitará el informe pertinente en la Gerencia Municipal de Urbanismo. Cuando detecte trabajos de arreglo que se han de llevar a cabo, volverá a realizar un nuevo informe cuando se hayan culminado. 

"Si el propietario sabe que el edificio tiene 40 años tendrá que presentar la documentación. Al igual que un coche tiene pasar la revisión para poder circular, el edificio igual. Hay una responsabilidad del propietario", expone González de la Torre. 

El concejal de Urbanismo resalta un aspecto importante, la posibilidad de acogerse a subvenciones de acuerdo al reciente Real Decreto 233/2013. "Ha salido ahora y recoge el plan estatal de fomento y alquiler de viviendas, en el cual se incluye la rehabilitación y la regeneración urbanas. Se contempla un programa de rehabilitación que incluye tipos de subvenciones, que recoge costes de obras que se tengan que hacer y los honorarios de los técnicos", precisa.

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