viernes, 10 de mayo de 2013

Calificación como Bien Cultural el Paisaje del Valle Salado de Añana (Álava)


DECRETO 185/2013, de 26 de marzo, por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, el Paisaje Cultural del Valle Salado de Añana (Álava).

ANEXO I AL DECRETO 185/2013, DE 26 DE MARZO DELIMITACIÓN DEL CONJUNTO MONUMENTAL DEL PAISAJE CULTURAL DEL VALLE  SALADO DE AÑANA

Ámbito de la delimitación.
La delimitación del Paisaje Cultural del Valle Salado de Añana es la que se expresa en la documentación gráfica del presente anexo I y que incluye los siguientes espacios, bienes muebles e inmuebles de interés cultural:

● La propia explotación salinera.
● Las zonas de interés arqueológico y paleontológico.
● Los inmuebles y espacios de interés arquitectónico distribuidos en el casco urbano, la explotación salinera y el resto de terrenos.
● Todo un área de terreno que con su extensión, además de agrupar todos estos elementos, garantiza la comprensión y protección de todo el Valle Salado.

El área protegida como Paisaje Cultural suma un total de unas 336,90 hectáreas.

Así, el Conjunto Monumental del Paisaje Cultural del Valle Salado de Añana queda definido por:
– Una línea semicircular que tiene su punto central en el núcleo de la explotación salinera, concretamente en el lugar en el que se unen los ríos Muera y Terrazos. Con una distancia aproximada de entre 900 y 1.000 metros de radio, la delimitación se apoya en diferentes límites físicos que marca el territorio.

– Al norte, el límite discurre por la zona de La Ventosa, por la cima de una pequeña elevación que tiene su punto más alto a 676 metros de altitud. Dibuja así una línea curva que comienza en un cruce de caminos y desciende hacia el sureste, primero paralelo a otro camino y después atravesando un río situado por la zona de Valdecabañas, además de algunos senderos hasta llegar a otro cruce de caminos por la zona de Peña de Sol. En este punto el límite continúa a 750 metros de altitud y, tras avanzar unos 400 metros gira algo más de 90 grados para discurrir paralelo al límite del municipio de Añana atravesando la carretera A-2622 en el punto kilométrico 27, por la zona de Huertas de Viloria. Continúa a una distancia de 50 metros paralelo al límite del municipio de Añana con Ribera Alta y pasando por la cara sureste de otras dos cimas de 750 metros de altitud, en la zona de Campo Ribagrande.

– Al sur, una línea sinuosa discurre por la línea superior de cambio de pendiente entre dos laderas y, tras atravesar el río Muera, sigue a 700 metros de altura rodeando las cimas de Orbón primero, por la cara sur, y la de Canego después. Paralelo a un río y a otro sendero se dirige hacia el norte para atravesar la carretera A-2622 en el punto kilométrico 30 y continuar por la loma de Loma Miralobueno, Llanillo llegando de nuevo a la cima de La Ventosa.

El borde de la delimitación se sitúa, por tanto, a las siguientes distancias medidas desde el punto central, donde se unen los ríos Muera y Terrazos:
– Norte: 1.010 metros.
– Nordeste: 960 metros.
– Este: 1.100 metros.
– Este-sureste: 1.090 metros. El límite atraviesa la carretera A-2622 en el PK 27,750.
– Sureste: 900 metros. El límite sureste es paralelo a la muga del municipio de Añana con Ribera Alta a una distancia de 50 metros.
– Sur: 970 metros.
– Sudoeste: 1.230 metros.
– Oeste: 960 metros.
– Oeste-noroeste: el límite atraviesa la carretera A-2622 en el PK 30,000.
– Noroeste: 1.010 metros.

Justificación de la delimitación.
La delimitación propuesta viene justificada por la necesidad de preservar los valores tanto históricos, artísticos, urbanísticos, etnográficos, científicos, técnicos y sociales, como estéticos, paisajísticos y visuales del conjunto del Paisaje Cultural del Valle Salado de Añana, donde la sal y la explotación salinera son el núcleo central y el resto de bienes culturales mantienen con ellas una unión compositiva, funcional e histórica.

La delimitación del entorno que resulta necesaria para la debida protección y puesta en valor del conjunto de los bienes existentes en el valle, implica la protección de los espacios adyacentes a ellos, a fin de preservar su carácter y habilitar un espacio para su correcta visualización y puesta en valor.

Por ello, esta delimitación incluye no sólo los bienes de valor arqueológico, paleontológico y arquitectónico, sino también del paisaje o entorno que los rodea.









El resto de la declaración se puede leer en el siguiente enlace http://www.euskadi.net/

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