viernes, 7 de junio de 2013

Castilla-La Mancha. La omisión de socorro al patrimonio se multará con hasta 6.000 euros.

«Las personas que observen peligro de destrucción, deterioro o pérdida en un bien integrante del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha deberán ponerlo en conocimiento de la Consejería competente en materia de patrimonio cultural de la Administración regional, del Ayuntamiento en cuyo término municipal se encuentre el bien y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado». De no hacerlo así, la persona puede cometer una infracción leve y enfrentarse a multas de entre 100 y 6.000 euros. Así se recoge en los  artículos 4, 75 y 77 del Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha. Este Proyecto de Ley prevé estar listo para «antes del verano» según las palabras del propio consejero, Marcial Marín, quien confió en que ahora que se ha abierto el trámite parlamentario los dos partidos realicen sus aportaciones al texto.

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La presente Ley es más prolija en muchos aspectos que su antecesora, también en lo que concierne a al actividad inspectora y el régimen sancionador.

Así, incluye un régimen sancionador más severo para tratar de evitar o disuadir de aquellas acciones u omisiones que supongan incumplimiento de la ley o impliquen algún daño o perjuicio sobre bienes del patrimonio cultural. Las infracciones leves contemplarán multas de hasta 6.000 euros; las graves hasta 150.000; y las muy graves hasta un millón de euros. El importe recaudado por la imposición de estas sanciones irá destinado a la conservación y protección del patrimonio cultural de Castilla-La Mancha.

Se considerará como infracción leve, por ejemplo, la instalación de publicidad, cables, antenas, conducciones y todo aquello que impida o menoscabe la apreciación de un BIC dentro de su entorno sin la perceptiva autorización por la Consejería competente en materia de Patrimonio Cultura.

Se considerará como infracción grave el incumplimiento del deber de conservación y mantenimiento de los bienes por parte de los propietarios, poseedores y demás titulares de derechos reales sobre bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha. También se considera infracción grave la falta de comunicación a la Consejería competente de cualquier intervención, traslado, acto jurídico o cualquier otra circunstancia que pueda afectar a los bienes inscritos en el Catálogo de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.

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Y como infracción muy grave, la destrucción o desplazamiento, total o parcial, de un BIC, sin la perceptiva autorización; o, por ejemplo, la utilización de detectores de metales u otros dispositivos de naturaleza análoga en bienes inscritos en el Catálogo del Patriomonio Cultural de la región, así como en los ámbitos de protección y prevención recogidos en los planeamientos generales, sin autorización, cuando se produzca remoción del terreno y el daño producido en el patrimonio cultural sea grave e irreparable.

La nueva normativa actualiza y renueva el concepto de patrimonio cultural, ampliando así el sentido del término, incluyendo el denominado ‘patrimonio inmaterial’ en el sentido marcado por la Unesco. Por primera vez en la región se regularán las expresiones orales y también, con carácter excepcional, las obras de autores vivos.

También como novedad la nueva ley propone la creación de dos nuevas clases de bienes con declaración de protección expresa. A la declaración de Bien de Interés Cultural (BIC) se suman la Declaración de Bien de Interés Patrimonial y la Declaración de Elemento de Interés Patrimonial.

Además, se agilizarán los trámites de estas declaraciones. Así, se gradúa la protección jurídica de los bienes y la declaración será más rápida y requerirá menos trámites cuanto menor sea la protección propuesta. Por tanto, el tiempo de procedimiento para la declaración de un Bien de Interés Cultural será de doce meses, para Bien de Interés Patrimonial nueve y para Elemento de Interés Patrimonial seis meses.

Con el objetivo de garantizar la máxima protección en la conservación y divulgación del patrimonio cultural de Castilla-La Mancha, la Ley prevé la creación de nuevos órganos, como el Consejo Regional, que actuará como órgano consultivo; la Junta de Valoración como órgano asesor para valorar las figuras de protección que la Administración regional se proponga adquirir. También se incorpora un Inventario del Patrimonio Cultural que, en palabras de Marín, «incrementará el conocimiento relativo al patrimonio cultural de la región».

Sin contar con Toledo ni Cuenca. Tras la aprobación de esta Ley por parte del Consejo de Gobierno, las declaraciones de los dirigentes socialistas no se hicieron esperar, encendiendo la polémica en torno a una Ley que el Gobierno regional justifica como «más segura y protectora» para el rico patrimonio cultural castellano-manchego. El secretario general del PSOE y alcalde de Toledo, Emiliano García-Page, consideró no muy «inteligente» que el Gobierno autonómico no haya tenido en cuenta a Toledo y Cuenca, las dos Ciudades Patrimonio de Castilla-La Mancha, a la hora de elaborar la Ley. El regidor toledano aseguró no saber a quién ha consultado el Ejecutivo a la hora de redactar esta norma, porque a Toledo, «y me da que tampoco a Cuenca», no les ha llegado «ni el más mínimo borrador».  A su juicio, este proceder del Ejecutivo regional no es «inteligente» pues el patrimonio cultural
«es una cuestión que está muy por encima de cualquier batalla partidaria y política».

El 30 de abril finaliza el plazo de presentación de enmiendas por parte de los dos grupos políticos con presencia en las Cortes.

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