lunes, 23 de septiembre de 2013

Cercle Obert pregunta al Ayuntamiento de Valencia por qué no cumple el acuerdo adoptado en septiembre de 2012 para rehabilitar la Alquería del Moro?

EXPONE:

Que en septiembre de 2012, todos los grupos municipales del Ayuntamiento de Valencia tuvieron a bien acordar por unanimidad, la rehabilitación inmediata de la parte de propiedad municipal del conjunto rural denominado “Alquería del Moro”.

Que transcurrido un tiempo suficiente y prudencial sin que se ponga en marcha el proceso de rehabilitación de la “Casa del Señor” de la “Alquería del Moro” acordado, nuestra entidad vuelve a insistir en la necesidad de reservar las partidas presupuestarias suficientes y activar los mecanismos administrativos que permitan la expropiación y/o adquisición del resto de elementos que conforman el conjunto rural declarado BIC a petición de Cercle Obert de Benicalap.

Igualmente, y a pesar de nuestras reiteradas denuncias, iniciativas y propuestas, debemos señalar que las medidas adoptadas por el Ayuntamiento de Valencia y laConsellería de Educación, Cultura y Deportes son totalmente insuficientes y no evitan la ocupación, expolio y degradación de uno de los conjuntos rurales más emblemáticos y extraordinarios que existen en la Comunidad Valenciana.

Por todo ello,

SOLICITA:

Que el Ayuntamiento de Valencia y la Consellería de Educación, Cultura y Deportes procedan a cumplir sus compromisos, obligaciones y acuerdos, activando los mecanismos administrativos correspondientes, para hacer efectiva la total rehabilitación de todos y cada uno de los elementos que conforman el conjunto rural “Alquería del Moro”, contemplando la posibilidad de incluir también la “Alquería de la Torre”, conjunto que debería haber sido entregado por la Sociedad AnónimaDeportiva Valencia club de fútbol a la corporación municipal de Valencia hace ya más de seis años, y que se encuentra en un deplorable e inaceptable estado de abandono y degradación.

Que la Consellería de Educación, Cultura y Deportes y el Ayuntamiento de Valencia respondan en tiempo y forma a todas y cada una de las peticiones formuladas en el presente escrito en virtud de la Ley Orgánica 4/2001 de 12 noviembre, reguladora del Derecho de Petición.


Que si este órgano no fuera competente, que proceda a dar traslado del presente documento a la autoridad u órgano competente para pronunciarse o resolver las cuestiones suscitadas en el mismo.

Imágenes de la Alquería del Moro de Cercle Obert.


Imágenes del estado de deterioro de la Alqueria del Moro.

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